Prensa Concejo municipal.
Por: Román Padrón.
El concejo municipal de José Tadeo Monagas en
el marco de su agenda legislativa, sigue realizando mesas de trabajo para la revisión
de las ordenanzas en discusión por este legislativo municipal, correspondiendo este martes 2 de abril a la
ORDENANZA SOBRE LA CREACION, ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
INSTITUTO AUTONOMO MUNICIPAL DE CEMENTERIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN EL
MUNICIPIO BOLIVARIANO JOSE TADEO MONAGAS
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUARICO, IAMCESFM..
La reunión estuvo presidida por el
concejal presidente Julio Silvera y el
vicepresidente Ennio Malpica, contándose con la presencia de los también ediles:
Liz Bolívar, Maryelin Quevedo, Marlene Figueroa
y el Secretario Municipal Aníbal Efraín Mejia. Representantes de
diversas dependencias de la alcaldía, de distintas instituciones de la localidad y del poder popular, entre otros. En esta
jornada de consulta se escucho y analizo la ponencia sobre la ordenanza que
estuvo a cargo del Dr. Juan Carlos Prado Castro, quien en su condición de
Registrador Municipal, tuvo la
responsabilidad de presentar el proyecto del importante instrumento legislativo,
que ya tiene dos discusiones en camara. El Dr. Prado diserto sobre la Exposición de Motivos y todo
el articulado del proyecto de ordenanza que luego recibió importantes aportes de los
asistentes.
La Exposición de Motivos del citado
anteproyecto dice entre otras cosas: “En estricto apego a los lineamientos y
objetivos estratégicos contenidos en la Ley del Plan de la Patria 2019-2025,
constituye un deber ineludible de los órganos de la municipalidad procurar el
establecimiento y el fortalecimiento de las instituciones capaces de brindar a
los ciudadanos y ciudadanas la mayor suma de felicidad posible, permitiendo con
su desenvolvimiento el desarrollo, la modernización y armonización del ambiente
social, económico y productivo del Municipio Bolivariano José Tadeo Monagas del
Estado Bolivariano de Guárico.
Lo anterior se fundamenta, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establece en su Artículo 178: Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas, específicamente las contentivas en el Numeral 6: “Servicio de agua potable, electricidad y gas doméstico, alcantarillado, canalización y disposición de aguas servidas; Cementerios y Servicios funerarios.
En este orden de ideas, y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Gaceta Oficial Extraordinario Nro.6015 de fecha 28 de diciembre del año 2010, en su Capítulo II, De los Modos de Gestión, y que se fundamenta en el artículo 69, el cual pone de manifiesto que: Los municipios tienen la potestad para elegir el modo de gestión que consideren más conveniente para el gobierno y administración de sus competencias. Podrán gestionarlas por si mismos o por medio de organismos que dependan jerárquicamente de ellos. También podrán hacerlo mediante formas de descentralización funcional o de servicios o mediante la creación de empresas públicas municipales de economía exclusiva o de economía mixta. También podrán contratar con los particulares la gestión de servicios y obras públicas.
En consecuencia, el Alcalde
Bolivariano abogado y sociólogo ciudadano Pedro Ramón Solórzano Jerez del
Municipio Bolivariano José Tadeo Monagas, electo por el pueblo soberano del
Orituco, sintiendo la necesidad urgente de lograr lo necesario para gestionar y
adecentar la construcción de un nuevo Cementerio Municipal para la Parroquia Capital
de Altagracia de Orituco y llevar un mejor control, organización,
administración, y funcionamiento de los cementerios en las distintas Parroquias
presenta la iniciativa y solicitud a esta Honorable Cámara Municipal del
Municipio Bolivariano José Tadeo Monagas para constituir la creación de un Instituto
Autónomo Municipal de Cementerios y
Servicios Funerarios con jurisdicción en el Municipio Bolivariano José Tadeo Monagas, esto en consideración de igual manera con lo contemplado en el artículo 72 de la ley en comento que establece: La creación de institutos autónomos solo podrá realizarse dada la iniciativa reservada y debidamente motivada del alcalde o alcaldesa, mediante ordenanza.
Por otra parte, el artículo 160 de la
Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece El Municipio a través de Ordenanza podrá crear,
modificar o suprimir tributos que le correspondan por
disposición constitucional o que le sean asignados por ley nacional o estadal.
Así mismo, los municipios podrán establecer los supuestos de exoneración o
rebajas de esos tributos. Por
consiguiente, sentida la necesidad y urgencia puesta de
manifiesto por el Poder Ejecutivo representado por el ciudadano Alcalde Abg. Pedro
Ramón Solórzano Jerez, como primera autoridad administrativa de la Hacienda Pública
Municipal y obedeciendo a lo establecido en el Decreto Nro. 006-2007 de fecha
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